Redactado por Ignacio Solsona
Como ya hemos explicado en anteriores ocasiones, la presencia de drogas en el organismo de un conductor es suficiente para iniciar un expediente sancionador que culmine con la multa de hasta 1.000.-€ (500.-€ por pronto pago) y 6 puntos del carné. El consumo bajo la influencia de las drogas puede estar penado con prisión de 3 a 6 meses, que puede ser sustituida por trabajos en beneficio de la comunidad durante 31 a 90 días, o multa de 6 a 12 meses.
El resultado de un drogotest puede ser una multa administrativa, o la imputación por un delito penal, en cuyo caso el conductor será sometido a juicio rápido y se dictará la correspondiente sentencia.
En caso de juicio, como ya aconsejamos en anteriores ocasiones, si el nivel de ingresos del conductor supera los límites de la justicia gratuita, es preferible no solicitar abogado de oficio, puesto que su factura será más cara que la de un abogado privado (por ejemplo, en mi caso cobro 300.-€, que es la mitad de lo que cobra uno de oficio si la justicia gratuita fuese denegada).
La denegación de justicia gratuita se produce cuando el interesado tiene ingresos anuales superiores a los siguientes:
- 12.780,26.-€/brutos en el caso de personas solteras.
- 15.975,33.-€/brutos en el caso de personas integradas en familias de menos de cuatro miembros.
- 19.170,39.-€/brutos en el caso de personas integradas en familias de cuatro o más miembros.
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¿Delito o infracción administrativa?
La diferencia radica en la sintomatología del conductor, que es un factor relevante y a tener en cuenta por los agentes de la autoridad: presión arterial alta, pupilas dilatas, falta de equilibrio, incorrecciones del habla, comportamiento errante, etc. Cuando los síntomas no dejan dudas sobre la influencia de las drogas en el conductor, los agentes darán parte al juzgado por la presunta comisión de un delito contra la seguridad vial.
Basta con el criterio de los agentes para determinar si el conductor está afectado y conduciendo en condiciones que ponen en riesgo la seguridad vial (en cuyo caso debe someterse al Juzgado), siempre previa comprobación de los síntomas del consumo de drogas. Incluso si el test ha dado negativo pero la sintomatología es evidente, las muestras se envían al laboratorio para realizar un análisis más exhaustivo.
Por las penas señaladas, el consumo de drogas, igual que la alcoholemia, solamente conlleva el ingreso en prisión en casos de reincidencia, por tanto, si no se tienen antecedentes penales o están caducados, a pesar de la condena el conductor no debería ingresar en prisión.
¿Cómo se realiza el drogotest?
El drogo test es una prueba que utiliza la Policía local o la Guardia civil, para controlar el consumo de drogas entre los conductores. En principio ese test solo debía detectar las drogas presentes en el organismo con un máximo de 6 horas tras su consumo, sin embargo las experiencias de los conductores llegan a decir que los resultados arrojados son positivos incluso el día después de su consumo; no obstante dependerá de la rapidez del cuerpo en metabolizar la droga.
En el vídeo compartido en este otro artículo puede apreciarse como se realizan las pruebas del drogotest por medio de una muestra de saliva que se impregna en unas tiras reactivas. Lo normal es que las líneas se tornen de color rojo; en caso contrario se entiende que el conductor ha consumido drogas.
El aparato está homologado y forma una prueba preconstituida que solo puede revocarse en caso de que un posterior análisis médico evidencie el negativo.
Fiabilidad del drogotest
La fiabilidad del drogotest es del 95%, no se puede otorgar una fiabilidad absoluta cuando en algunas ocasiones cuentan testimonios que tras un positivo en el drogotest, una posterior analítica médica salió negativa. Si bien a éstas contradicciones les debe ser atribuida la condición de "excepción" ya que ocurren en contadas ocasiones.
Es posible solicitar un segundo análisis de sangre, cuyos gastos sin embargo, correrán a cargo del conductor en caso de que se repita el positivo. Los agentes están obligados a informar debidamente al conductor.
Negativa a someterse a la prueba
No es para nada recomendable negarse a realizar el drogotest cuando se es requerido por los agentes policiales, puesto que el conductor estaría cometiendo un delito tipificado en el Código Penal con penas de prisión de 6 meses a 1 año y pérdida del permiso de circulación de 1 a 4 años. Es decir, teniendo en cuenta las penas señaladas en el primer párrafo por un positivo en el drogotest, resulta más favorable someterse a la prueba que negarse a ello.